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viernes, 23 de octubre de 2009

Antecedentes Históricos y Evolución Institucional


De acuerdo a estudios de la Organización Internacional del Trabajo, en América Latina existen tres clases o grupos de países que han introducido elementos de seguridad social en su legislación, dependiendo de la fecha en que lo hicieron:

Los países pioneros o precursores, en los cuales existe desarrollo en materia de seguridad social a principios de siglo: Uruguay, Argentina (1904), Chile (1924), Cuba y Brasil (1923). En todo caso, cabe destacar que el crecimiento de esos sistemas no siempre fue organizado, sino más bien fragmentario, descoordinados entre los diversos regímenes creados, etc.

Los países intermedios: Costa Rica y Panamá (1941), Méjico y Paraguay (1943), Perú (1936), Colombia y Guatemala (1946), Ecuador(1935) y Venezuela (1940), desarrollados luego del sistema de EE.UU. y hasta fines de la 2ª. Guerra mundial.

Grupo final con leyes "marco" que incluye a Nicaragua (1955), El Salvador y Bolivia (1949), Honduras (1952). Tardío, creados a partir de la post-guerra y las décadas del 60 y 70. En materia de salud específicamente, nuestro país comienza su peregrinar con el Seguro Social Obligatorio (1924) y se crea el Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social, ente que agrupó los servicios asistenciales y de salud del país. En 1938 se promulga una de las primeras leyes en el mundo relativa a la medicina preventiva, la cual tenía por objetivo promover el diagnóstico precoz y el tratamiento de las enfermedades más importantes de ese momento. Posteriormente, en el año 1942, se crea el Servicio Médico Nacional de Empleados (SERMENA), el cual se reorganizó en la década del sesenta mediante la publicación de la Ley N°16.701.

En el año 1952 se crea el Servicio Nacional de Salud, que atendía a los obreros, quienes junto a sus familias accedían a tratamientos médicos y quirúrgicos y a atención dental; incluía la asistencia del embarazo, parto y puerperio de la cónyuge; el subsidio por incapacidad laboral era el promedio del salario de los últimos seis meses, siempre que la enfermedad los incapacitara por más de tres días. En cuanto a los empleados, sean públicos o privados, se contemplaban los beneficios de asistencia médica y dental, las que se otorgaban ya sea a través del sistema administrativo o del sistema de libre elección (bonos SERMENA). En cuanto al subsidio por incapacidad laboral, éste era el 85% del promedio del sueldo imponible de los últimos seis meses calendario, salvo los empleados públicos, quienes conservaban la totalidad de sus remuneraciones. Fruto de la distinción entre obreros y empleados, el Servicio Nacional de Salud atendía a aquellos y el Servicio Médico Nacional de Empleados a los últimos. Los mencionados organismos fueron hasta fines de la década de los setenta, las entidades que conformaban el sistema de salud público en Chile.

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